Desde el 1 de enero de 2020, puedes recuperar hasta el 80% de tu aportación deduciendo tus donativos en la declaración de la Renta o Sociedades, incluida tu aportación como socio (deducción en cuota íntegra. Límite 10% base imponible tanto para personas físicas como jurídicas)
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 que incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG.
Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente. Los nuevos porcentajes de deducción aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo.
PERSONAS FÍSICAS | PERSONAS JURÍDICAS | ||
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Hasta 150 € | 80 % | Donaciones generales | 35 % |
Resto | 35 % | Donaciones plurianuales (donativos en los 2 ejercicios fiscales anteriores) | 40 % |
Donaciones plurianuales (donativos en los 2 ejercicios fiscales anteriores) | 40 % |
Aquí dejamos un par de ejemplos del coste real de tus aportaciones.
DONACIÓN | DESGRAVACIÓN | COSTE REAL |
120€ al año | 96€ | 24€ |
200€ al año | 137,5€ | 62,5€ |